Tipos de sociedades mercantiles en México
En el ámbito empresarial, hay distintas formas para estructurar tu empresa; el primer paso es visualizar el enfoque de tu negocio y el sector al que te vas a dirigir para definir la sociedad correcta.
Al tener esto en mente, considera que en México las sociedades mercantiles se regulan por la Ley General de las Sociedades Mercantiles (LGSM) y la Ley del Mercado de Valores (LMV), las cuales gestionan las siguientes sociedades mercantiles:
Sociedad en Nombre Colectivo
Sociedad en Comandita Simple
Sociedad con Responsabilidad Limitada
Sociedad Anónima
Sociedad en Comandita por Acciones
Sociedad Cooperativa
Si valoras la participación equitativa en la toma de decisiones y en los resultados del negocio, una sociedad cooperativa es una opción para considerar. En este tipo de sociedad, los socios trabajan en conjunto y se benefician de manera equitativa de las utilidades.
La constitución de sociedades mercantiles permite que los emprendedores puedan manejar una empresa sin arriesgar su patrimonio. Por ello, al tener claro el tipo de sociedad de tu empresa, es importante visualizar junto con tus socios sus características para definir el rol de cada uno.
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Características de las sociedades mercantiles
Las sociedades ayudan a establecer las reglas para trabajar con los socios, así que toma en consideración las siguientes características para poder fundar la sociedad:
- Capacidad jurídica: Todas las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica que se refiere a la atribución de derechos, responsabilidades y obligaciones marcadas por el ordenamiento.
- Patrimonio: Se dividen en dos secciones: patrimonio activo que se refiere a los derechos y bienes pagados por los socios. En cambio, el patrimonio pasivo corresponde a las obligaciones o deudas de la sociedad.
- Denominación social: Todas las sociedades se identifican con una denominación social que los diferencia entre sí.
Sociedad en Nombre Colectivo (S. en N.C.)
Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S.)
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L. o S. de R.L. de C.V.)
Sociedad Anónima (S.A. o S.A.B. para acciones bursátiles)
Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.)
Sociedad Cooperativa (S.C. o S.C.L.)
- Sede de negocios: Los negocios cuentan con una sede principal que coincide con el domicilio fiscal y debe de estar en el acta constitutiva.
- Reglas de disolución: La Ley General de Sociedades Mercantiles ayuda a simplificar el proceso de disolución de una sociedad mercantil cuando los socios involucrados están a favor. Si algún socio no está de acuerdo con disolver la sociedad se contemplan los siguientes mecanismos:
Derecho de separación: Aquí se explican los escenarios y las condiciones en las que se puede disolver la empresa
Derecho de exclusión: En esta sección se establecen las situaciones en las que se puede excluir un socio de una sociedad.
Derecho de retiro: Este derecho menciona en qué situación un socio puede retirar el total o una parcialidad de sus acciones.